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Marca creada por el Departamento de
Medio Ambiente de la Generalitat de Cataluña regulada para promover
el diseño, la producción, la comercialización, el uso y el consumo
de aquellos productos y servicios, que favorezcan la minimización
de residuos o la recuperación y reutilización de los subproductos,
las materias primas y las sustancias que contienen, y también de
los que conllevan un ahorro de recursos, especialmente agua y energía.
Hasta la fecha se han establecido criterios
ecológicos para los siguientes productos de papel y cartón: Bolsas
de basura reciclables, productos de cartón y cartoncillo reciclado,
productos de papel y cartón reciclados y sin cloro.
Criterios ecológicos:
Bolsas de basura de papel reciclado.
DOGC nº 2721 (9 de Septiembre 1998).
La materia prima utilizada en el producto
ha de estar formada por un 100% de fibra reciclada no blanqueada
(tolerancia del 5%) obtenida del postconsumo.
** En Cataluña dentro de esta categoría,
ha obtenido el Distintivo de Garantía de Calidad Ambiental la empresa:
Mediterranean Goods, S.A. (Link to 4.3.7.1)
Cartón y cartoncillos reciclados.
DOGC nº 2988 (5 de octubre 1999).
(Están incluidos en esta categoría
todos los productos finales o intermedios de cartón o cartoncillo
fabricados con papel y/o cartón usados procedentes de postcomercialización
y postconsumo).
- En la fabricación del producto el
90% en peso de la fibra celulósica ha de ser reciclada.
- Prohibidos los compuestos blanqueantes
clorados y blanqueantes ópticos.
**En Cataluña dentro de esta categoría
han obtenido este distintivo las empresas:
Alier, S.A
Stora Enso Barcelona, S.A.
Cartones Españoles, S.A.
Productos de papel y cartón. Criterios
de concesión, DOGC nº 2833 (23 de febrero 1999).
Subcategorías: Papel doméstico y higiénico,
papel de prensa, papel de impresión y escritura, papel de fotocopia
y productos de oficina de cartón.
- Papel doméstico y higiénico: Sólo
pueden optar al distintivo de garantía de calidad ambiental los
productos que tengan el 100% en peso de fibra reciclada como materia
prima.
- Papel de prensa: Sólo puede usarse el término reciclado cuando
como mínimo el 80% en peso de la materia prima sea fibra reciclada.
- Papel de impresión y escritura: Sólo puede usarse el término reciclado
cuando como mínimo el 90% en peso de la materia prima sea fibra
reciclada.
- Papel de fotocopia: Sólo puede usarse el término reciclado cuando
como mínimo el 90% en peso de la materia prima sea fibra reciclada.
- Prohibidos los compuestos blanqueantes
clorados y ópticos en todas las subcategorías.
** En España dentro de esta categoría
han obtenido este distintivo las siguientes entidades:
Goma Camps,
SA
Museu
Molí Paperer de Capellades
C/ de Pau Casals s/n 08786 Capellades
Tel.: 938 012 850
Fax: 938 012 850
e-mail: mmpc.cap@filnet.es
Contacto:
Departamento de Medio Ambiente. Dirección General de Calidad Ambiental.
Servicio de Calificación Ambiental. Sección de Sistemas de Calificación.
Av. Diagonal, 523-525
08029 Barcelona
Tel. 934 445 000
Fax 934 197 630
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